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¿Debe presentar mensualmente el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, aunque no tenga movimiento?

Un contribuyente acogido al beneficio del artículo 14 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta

Téngase presente que a contar del 01 de enero del 2017, por disposición de la Ley N° 20.780 de 2014, se deroga el artículo 14 bis de la Ley de la Renta, quedando vigente por los años comerciales 2015 y 2016, según normas transitorias de la ley antes citada.

Sí, un contribuyente acogido al beneficio del artículo 14 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta debía presentar mensualmente el Formulario 29, aunque no haya tenido movimiento.

La declaración del Formulario 29 para un contribuyente afecto al IVA es independiente del régimen a la renta y deben presentarse declaraciones mensuales, aunque no realice operaciones gravadas en uno o más períodos tributarios, según lo dispuesto en los artículos 64 y 65 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular Nº 59, de 1991, y Circular N° 55, de 2014.